Formulario de búsqueda

Padres y pediatras
al cuidado de la infancia y la adolescencia

Derechos de los Pacientes

  • pdf
  • friend
  • print
  • Googleplus
  • Twitter
  • Facebook
  • WhatsApp
Fecha de publicación: 11-04-2013

La Unión Europea ha decidido dedicar el año 2013 a los derechos de la ciudadanía europea, con el objetivo de darlos a conocer y sensibilizar a los ciudadanos hacia una participación activa de su defensa y en la toma de decisiones políticas.

En este contexto, desde hace 7 años se viene celebrando el 18 de abril como el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes, y este año centra su atención en la discusión de la Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza.

Los padres, profesionales de la salud e instituciones que atendemos a la población infantil y joven tenemos el derecho y el deber de exigir para ellos la mejor atención posible. Por ello, es importante conocer, divulgar y reclamar los derechos que niños y adolescentes tienen en relación con la enfermedad.

La Carta Europea de Derechos del Paciente aprobada en el año 2002, se basa en derechos fundamentales de las personas reconocidos por la Unión Europea. Por tanto, como dice el propio preámbulo, estos derechos deben ser respetados por los distintos países y sistemas nacionales de salud, independientemente de las limitaciones financieras, económicas o de los grupos políticos que los gobiernan.

Estos derechos son los siguientes:

1- Derecho a Medidas Preventivas

Todo individuo tiene derecho a un servicio apropiado para prevenir la enfermedad.

2. Derecho al acceso

Todo individuo tiene derecho al acceso a los servicios sanitarios que requiera. Los servicios sanitarios deben garantizar un acceso equivalente para todos, sin discriminación debida a los recursos financieros, lugar de residencia, tipo de enfermedad o tiempo de acceso a los servicios.

3. Derecho a la información

Todo individuo tiene derecho al acceso a todo tipo de información sobre su estado de salud, los servicios sanitarios y cómo utilizarlos así como a todo lo que la investigación científica y la innovación tecnológica puedan procurar.

4- Derecho al consentimiento

Todo individuo tiene derecho al acceso a toda la información que pueda permitirle participar activamente en las decisiones que conciernan a su salud; esta información es un prerrequisito para cualquier procedimiento y tratamiento, incluyendo la participación en la investigación científica.

5- Derecho a la libre elección

Todo individuo tiene derecho a elegir libremente entre los diferentes procedimientos de tratamientos y proveedores basándose en una información adecuada.

6- Derecho a la privacidad y confidencialidad

Todo individuo tiene derecho a la confidencialidad sobre la información personal, incluyendo información sobre su estado de salud y diagnóstico potencial o procedimientos terapéuticos, así como a la protección de su privacidad durante la realización de los exámenes de diagnóstico, visitas de especialistas y tratamientos médicos o quirúrgicos en general.

7- Derecho al respeto del tiempo del paciente

Todo individuo tiene derecho a recibir el tratamiento necesario en un período de tiempo predeterminado y rápido. Este derecho se aplica a cada fase del tratamiento.

8- Derecho al cumplimiento de los estándares de calidad

Todo individuo tiene derecho al acceso a servicios de alta calidad basados en la especificación y cumplimiento de estándares precisos.

9- Derecho a la seguridad

Todo individuo tiene derecho a estar libre del daño causado por el pobre funcionamiento de los servicios de salud, los errores médicos y la negligencia profesional, y el derecho de acceso a los servicios de salud y tratamientos que cumplan con estándares de alta seguridad.

10- Derecho a la innovación

Todo individuo tiene derecho al acceso a procedimientos innovadores, incluyendo procedimientos de diagnóstico, según los estándares internacionales e independientemente de consideraciones económicas o financieras.

11- Derecho a evitar dolor y sufrimiento innecesarios

Todo individuo tiene derecho a evitar todo el sufrimiento y el dolor posibles, en cada fase de su enfermedad.

12- Derecho a un tratamiento personalizado

Todo individuo tiene derecho a programas de diagnóstico o terapéuticos adaptados en lo posible a sus necesidades personales.

13- Derecho a reclamar

Todo individuo tiene derecho a reclamar si ha sufrido un daño y el derecho a recibir una respuesta o información adicional.

14- Derecho a la compensación

Todo individuo tiene derecho a recibir una compensación suficiente dentro de un período de tiempo razonablemente corto cuando haya sufrido un daño físico, moral o psicológico causado por un tratamiento proporcionado en un servicio de salud.

En España, algunos de estos derechos están regulados por la Ley 41/2002, de Autonomía del paciente. Y en relación con el menor debemos destacar tres derechos fundamentales:

  • El derecho a la información sanitaria
  • El derecho a la intimidad y confidencialidad de sus datos de salud
  • Y el respeto de la autonomía del paciente, expresado en el consentimiento informado

Más información en: Derechos de los niños en cuanto a la salud: Ley de Autonomía del Paciente (FuenteEn Familia. Web de la Asociación Española de Pediatría)

También es un buen momento para recordar la Carta Europea de los Niños Hospitalizados, que resumimos aquí:

1.- Derecho a que no se le hospitalice si puede recibir los cuidados en su casa o Centro de Salud; y, si no hay otra opción, que el tiempo de hospitalización sea lo más breve posible.

2.- Derecho a la hospitalización diurna sin que ello suponga una carga económica adicional a los padres.

3.- Derecho a estar acompañado de sus padres el máximo tiempo posible de su permanencia en el hospital.

4.- Derecho a recibir una información adaptada a su edad.

5.- Derecho a una recepción y seguimiento individuales a ser posible por los mismos enfermeros y auxiliares.

6.- El derecho a negarse (por boca de sus padres o de la persona que los sustituya) como sujetos de investigación y a rechazar cualquier cuidado o examen cuyo propósito primordial no sea curativo.

7.- Derecho de los padres o de las personas que lo sustituyan a ser informados de su hijo.

8.- Derecho de los padres o de las personas que lo sustituyan a expresar su conformidad con los tratamientos que se aplican al niño.

9.- Derecho de los padres a recibir apoyo psicológico.

10- Derecho a no recibir tratamientos médicos inútiles y a no soportar sufrimientos físicos y morales que puedan evitarse.

11.- Derecho a contactar con sus padres en momentos de tensión.

12.- Derecho a ser tratado con tacto, educación y comprensión y a que se respete su intimidad.

13.- Derechos a recibir los cuidados por un personal cualificado.

14.- Derecho a ser hospitalizado junto con otros niños.

15.- Disponer de un espacio destinado a su educación y juego.

16.- Derecho a proseguir su formación escolar.

17.- Derecho a disponer de juguetes, libros y medios audiovisuales para su edad.

18.- Derecho a poder recibir estudios en caso de hospitalización parcial (diurna) o de convalescencia en su propio domicilio.

19.- Derecho a recibir los cuidados que necesita incluso si sus padres o personas que los sustituyen se los niegan.

20.- Derecho a una ayuda económica, moral y psicosocial para ser sometido a exámenes  y/o tratamientos que deban efectuarse necesariamente en el extranjero.

21.- Derecho de los padres o persona que los sustituya a pedir la aplicación de la siguiente Carta en el caso que el niño tenga necesidad de hospitalización o examen médico en países  que no forman parte de la Comunidad Europea.

Fecha de publicación: 11-04-2013