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Prestaciones por tener hijos con discapacidad

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Fecha de publicación: 13-02-2021

Nuestro sistema de Seguridad Social ofrece diferentes pensiones económicas a los padres o tutores que tengan a su cargo a hijos con discapacidad. En este artículo se repasan las ayudas que se pueden solicitar y los porcentajes mínimos de discapacidad que se deben acreditar. No se trata de grandes importes, pero suponen un auxilio a las familias que conviven con hijos discapacitados.

¿Qué es la discapacidad?

Según la OMS es un término que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función del cuerpo. Las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas. Y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales.
Por tanto, la discapacidad es un fenómeno complejo que no solo hace referencia a la salud de la persona, sino a su contexto social.

¿Qué tipos de discapacidad hay?

Existen 3 grupos: físicas, sensoriales y psíquicas. Se puede solicitar una discapacidad o minusvalía a la Seguridad Social acreditando un déficit que se englobe en uno de esos tres grupos:

  • Física: Deficiencias en el sistema músculo esquelético, respiratorio, cardiovascular, nervioso, digestivo, inmunitario, endocrino o genitourinario. Así como tumores o enfermedades de la piel como la psoriasis, por ejemplo.

  • Sensorial: Disminución de la capacidad auditiva o visual, sobre todo.

  • Psíquica: Discapacidad intelectual o enfermedades mentales, como el trastorno bipolar o la esquizofrenia.

La discapacidad se mide en grados mediante un porcentaje determinado. Tras el estudio de los déficits de una persona, se establece un porcentaje concreto:

  • Discapacidad leve (entre el 1 y el 24%).

  • Discapacidad moderada (entre el 25 y el 49%).

  • Discapacidad grave (entre el 50 y el 74%).

  • Discapacidad muy grave (más del 75%).

¿Cómo se solicita la discapacidad a la Seguridad Social?

Debes acudir (o enviar la documentación por correo ordinario o incluso vía online -con DNI o certificado electrónico-) al departamento de servicios sociales de la comunidad autónoma donde resides. No se solicita directamente a la Seguridad Social. Aquí tienes más información de cómo hacerlo.

La entrada en vigor del Ingreso Mínimo Vital ha hecho que desde el 1 de enero de 2021 desaparezca la prestación por hijo a cargo sin discapacidad (o con discapacidad menor al 33%) para padres con pocos ingresos. Sin embargo, persisten las destinadas a quienes tienen hijos con una discapacidad igual o superior a ese 33%, existiendo distintos tipos de retribución según el nivel de discapacidad.

No obstante, hay que aclarar que no solo los hijos legítimos son causa de este derecho, sino también los adoptados o los menores que estén legalmente a cargo de un adulto. Asimismo, también existen ayudas por hijos mayores de edad que tengan un alto grado de discapacidad.

Menores con 33% de discapacidad o más

Si vives con tu hijo discapacitado y este tiene, al menos, un 33% de discapacidad siendo menor de edad, puedes tener acceso a una pequeña pensión del INSS. La cantidad es de 1.000 € anuales por cada hijo -83,33 € al mes, en 12 pagas-.

Además, al contrario que las destinadas a personas con bajos recursos, no tendrás que demostrar que tienes ingresos limitados. Por tanto, una familia con rentas elevadas también puede beneficiarse de esta protección económica.

Lamentablemente, en este capítulo de la ley no hay variantes más cuantiosas aunque la discapacidad sea grave, de modo que se cobra la misma cuantía independientemente del porcentaje de discapacidad del menor a cargo (50%, 70%, etc).

Mayores de edad con discapacidad alta

Si la discapacidad es de un 65% -o superior pero sin alcanzar el 75%- y tu hijo ya ha cumplido los 18 años, hablamos ya de otra ayuda: la que asciende a 4.790,40 € anuales por hijo. Doce mensualidades de 399,20 € al mes. Y tampoco en este caso se tienen en cuenta las ganancias de los otros adultos que conviven con el discapacitado.

Con discapacidad a partir del 75%

La pensión anual se incrementa si tu hijo ya no es menor y tiene asignada una discapacidad del 75% o incluso mayor, considerada muy grave. En dicho supuesto, sube hasta los 598,80 € al mes, es decir, hasta 7.185,60 € al año por hijo. Por ejemplo, con dos hijos mayores de edad en esa situación percibirías 14.371,20 € anualmente.

Pero no solo es necesario presentar el certificado de discapacidad para poder ser tributario de esta asignación, sino que has de corroborar que tu hijo precisa de la intervención de una tercera persona para realizar los actos más básicos de la vida cotidiana: comer, vestirse, asearse...

Por último, e igual que ocurre con las otras dos prestaciones antes mencionadas, aquí también es indiferente lo que ganéis tú y tu familia por trabajo u otros ingresos.

 

En resumen:

Recuerda que cuentas con tres opciones de cobro según la edad y discapacidad de tu hijo: si es menor y tiene un 33% o más, si es mayor de edad y llega al 65%, o si habiendo cumplido los 18 tiene al menos un 75% y necesita apoyo de terceros para su rutina diaria. Percibirás, respectivamente, 83’33, 399,20 o 598,80 € al mes.

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Fecha de publicación: 13-02-2021
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